martes, 17 de diciembre de 2013

CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÒN DE DIVIDENDOS



CRITERIOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS


En esta oportunidad desarrollaré un tema que muchas veces no lo tenemos presente y es de suma importancia, porque es el objetivo de toda empresa que conforma el sistema económico de cualquier país y es la creación de riqueza, y esta es representada por los dividendos. Todo inversor de capital lo hace con el fin de tener de vuelta un rendimiento, pues de nada le serviría tener su capital invertido y el estar con un flujo de efectivo negativo, por lo que es muy importante la distribución de dividendos, pero esta no se puede hacer sin tener un criterio financiero adecuado, donde no ponga en riesgo la liquidez del negocio, por lo que a continuación desarrollaré algunos aspectos a considerar.

  • Sólo se pueden decretar dividendos por superávit de los resultados del ejercicio del negocio, reflejado en los estados financieros, cualquier otro superávit obtenido que no corresponda al giro habitual del negocio, se debe informar a los accionistas.
  • En cualquier acto donde se excluya a 1 o más accionistas de las ganancias o pérdidas, se declara nulo.
  • Los accionistas tienen derecho a lo estipulado en la escritura de constitución, sólo la Junta Directiva puede modificar la escritura de constitución.
  • Los dividendos se pueden pagar en efectivo o en acciones, lo aconsejable es pagar en forma de renta, la que puede ser trimestral, semestral o anual, con el fin de que no afecte el flujo de efectivo de la empresa.
  • Se puede utilizar el sistema bancario para efectuar el pago, suscribiendo un contrato con éste, para tener un mejor control en el pago.
  • Las ganancias distribuidas por dividendos paga el 5% de impuesto.
  • La sociedad debe llevar un libro de actas de asamblea de socios.
  • Se debe convocar por medio de cartas y en el Diario Oficial y/o el de mayor circulación en el país, por lo menos 15 días antes dela fecha de la convocatoria. Debe existir quórum de presencia por lo menos del 50%.
  • Una vez decretado los dividendos, estos no pueden ser revocados por acuerdo ulterior.
  • Previo a decretar dividendos se deben separar las reservas correspondientes y tener en cuenta la absorción de pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores.
  • Las cláusulas de un préstamo pueden ordenar restringir la distribución de dividendos, hasta que sea finiquitada dicha obligación.
  •  En asamblea se decreta cual es el % financieramente adecuado a pagar en base a información financiera presentada, sobre acciones en circulación. También se establece la fecha, lugar y forma de pago.

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